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Sistema Facturación Perú
Tributación · · 11 min de lectura

Nuevo RUS, RER, RMT o General: qué régimen elegir en 2026

Compara los cuatro regímenes tributarios del Perú: topes, tasas, libros y comprobantes que permite cada uno, con ejemplos en soles para decidir mejor.

Por Equipo Sistema Facturación Perú

Comparación de los regímenes tributarios peruanos Nuevo RUS, RER, RMT y Régimen General, explicada por Sistema Facturación Perú

El régimen tributario se elige en un minuto, casi siempre el día que sacas el RUC, y luego se queda ahí por años. Es una decisión que pocos revisan hasta que algo falla: una empresa te pide factura y no puedes dársela, o tu contador te cuenta que estás pagando impuesto sobre todo lo que vendes aunque tu margen sea mínimo.

Esta guía te ayuda a revisar esa elección con calma. Primero verás qué cambia de un régimen a otro, luego el detalle de cada uno y, al final, dos ejemplos con números para comparar el RER con el RMT, que es donde más dudas aparecen.

Lo que cambia de un régimen a otro

Cada régimen responde de forma distinta a cinco preguntas prácticas:

  1. ¿Quién puede entrar? Algunos aceptan solo personas naturales; otros también empresas.
  2. ¿Hasta cuánto puedes vender? Cada uno tiene su techo de ingresos (salvo el General).
  3. ¿Qué comprobantes puedes entregar? Este punto define si puedes venderle a otras empresas.
  4. ¿Qué libros debes llevar? Desde ninguno hasta contabilidad completa.
  5. ¿Cómo y cuánto pagas? Cuota fija, porcentaje sobre ventas o tasa sobre la utilidad.

Un dato previo: la UIT de 2026

Muchos límites se expresan en Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Para el ejercicio 2026, la UIT se fijó en S/ 5,500 mediante el Decreto Supremo 301-2025-EF. Se actualiza cada año, así que cuando leas esto en otro ejercicio, confirma el valor vigente.

Nuevo RUS (NRUS)

Para quién es

Para el comercio y los oficios de barrio que le venden al público final: una bodega en Villa El Salvador, un puesto en el mercado de Huancayo, una peluquería, un taller de calzado o una zapatería pequeña. Solo pueden acogerse personas naturales y sucesiones indivisas; una EIRL, SRL o SAC queda fuera.

Límites que no puedes cruzar

  • Ingresos brutos o compras de hasta S/ 8,000 mensuales y S/ 96,000 al año.
  • Activos fijos de la actividad hasta S/ 70,000, sin contar predios ni vehículos.
  • Una única unidad de explotación (un solo local o puesto).

También hay giros que no pueden estar en el NRUS, entre ellos agencias de viaje, publicidad, notarías, martilleros, comisionistas, agentes de aduana, intermediarios de seguros y casinos o tragamonedas.

Qué comprobantes entrega

Este es el límite que más negocios descubren tarde: en el NRUS no se emiten facturas. Solo puedes entregar boletas de venta y tickets de máquina registradora, que no dan derecho a crédito fiscal ni sirven para sustentar costo o gasto de tu cliente.

Piénsalo así: si un restaurante quiere comprarte S/ 3,500 en insumos cada mes y necesita factura para su contabilidad, tendrá que comprarle a otro. Es el motivo más común por el que un negocio decide salir del NRUS.

Cómo paga

No hay declaración mensual de IGV y renta ni declaración anual. Pagas una cuota fija cada mes, que sustituye al IGV, al Impuesto de Promoción Municipal y al impuesto a la renta. Tampoco debes llevar libros contables.

Categoría Ingresos brutos o compras del mes Cuota
1 De S/ 0 a S/ 5,000 S/ 20
2 Desde S/ 5,000.01 hasta S/ 8,000 S/ 50
Especial Ingresos y compras de hasta S/ 60,000 al año S/ 0

La categoría especial es estrecha: solo cubre a quienes venden frutas, hortalizas, legumbres, tubérculos, raíces o semillas en mercados de abastos, y a quienes cultivan y venden su producción sin transformarla. Hay que pedirla a SUNAT con el Formulario 2010.

Régimen Especial de Renta (RER)

Para quién es

Para negocios pequeños, de persona natural o de empresa, que venden lo que compran o fabrican, o que prestan servicios no excluidos. Es el paso lógico cuando necesitas facturar pero todavía no quieres llevar una contabilidad más exigente.

Límites

  • Ingresos netos o compras de hasta S/ 525,000 en el año.
  • Activos fijos de hasta S/ 126,000, sin predios ni vehículos.
  • No más de 10 trabajadores por turno.

Giros excluidos

La lista es más larga de lo que se suele pensar. Quedan fuera, entre otros: construcción; transporte de carga en vehículos de 2 toneladas o más y transporte de pasajeros; espectáculos públicos; casinos y tragamonedas; notarías, agencias de viaje y publicidad; y servicios profesionales como medicina, odontología, veterinaria, abogacía, contabilidad, auditoría, arquitectura, ingeniería, informática y asesoría empresarial.

Comprobantes y libros

Puedes emitir todos los comprobantes: facturas, boletas, notas de crédito y débito y guías de remisión. Solo llevas Registro de Ventas y Registro de Compras.

Cómo paga

Declaras cada mes mediante el Formulario Virtual 621 y pagas el 1.5 % de tus ingresos netos como impuesto a la renta, más el 18 % por IGV e IPM (16 % de IGV y 2 % de Impuesto de Promoción Municipal) sobre tus ventas gravadas, descontando el crédito fiscal de tus compras. No presentas declaración anual de renta.

Ten en cuenta que ese 1.5 % se aplica sobre lo que vendes, no sobre lo que ganas. Por eso un negocio de reventa con margen pequeño puede terminar pagando bastante.

Régimen MYPE Tributario (RMT)

Para quién es

Es el régimen de la mayoría de pequeñas y medianas empresas. Pueden acogerse personas naturales y jurídicas cuyos ingresos netos anuales no pasen de 1,700 UIT, es decir, S/ 9,350,000 con la UIT de 2026. No limita trabajadores ni activos.

Comprobantes

Todos, sin restricción.

Libros según tus ingresos anuales

Ingresos netos del año Libros obligatorios
Hasta 300 UIT Libro Diario de Formato Simplificado, Registro de Compras y Registro de Ventas
Sobre 300 UIT y hasta 500 UIT Libro Mayor, Libro Diario, Registro de Compras y Registro de Ventas
Sobre 500 UIT y hasta 1,700 UIT Los cuatro anteriores y, además, el Libro de Inventarios y Balances

Cómo paga

  • Cada mes: IGV (18 %) y un pago a cuenta del 1 % de los ingresos netos, mientras tus ingresos del ejercicio no pasen de 300 UIT. Por encima de ese tramo, el pago a cuenta se calcula con el coeficiente o con el 1.5 %, el mayor de los dos.
  • Cada año: declaración jurada anual, con tasa escalonada: 10 % sobre la renta neta de hasta 15 UIT (S/ 82,500 en 2026) y 29.5 % sobre lo que exceda.

Lo clave del RMT es que el impuesto anual se calcula sobre la utilidad, después de restar costos y gastos sustentados. Los pagos a cuenta del mes se descuentan de ese impuesto anual.

Régimen General

Para quién es

Para empresas de cualquier tamaño, sin techo de ingresos, y para actividades que los demás regímenes no aceptan, como la construcción o el transporte de carga pesada.

Comprobantes y libros

Emite todos los comprobantes. Los libros siguen los mismos tramos del RMT y, desde las 1,700 UIT de ingresos, toca contabilidad completa: Registro de Compras, Registro de Ventas, Libro Diario, Libro Mayor, Libro Caja y Bancos y Libro de Inventarios y Balances.

Cómo paga

Cada mes haces un pago a cuenta: se compara lo que resulta del coeficiente con el 1.5 % de lo que ingresó en el periodo y se paga el mayor. Al cierre, presentas la declaración anual con una tasa única de 29.5 % sobre la renta neta, sin tramo reducido.

Cuadro comparativo

Nuevo RUS RER RMT Régimen General
Pueden acogerse Personas naturales y sucesiones indivisas Personas naturales y jurídicas Personas naturales y jurídicas Personas naturales y jurídicas
Techo de ingresos S/ 96,000 anuales (S/ 8,000 por mes) S/ 525,000 anuales 1,700 UIT anuales Ninguno
Factura No Sí Sí Sí
Comprobantes Boleta y ticket Todos Todos Todos
IGV Dentro de la cuota 18 % 18 % 18 %
Renta Cuota fija (S/ 20 o S/ 50) 1.5 % de lo ingresado cada mes Pago a cuenta de 1 %; anual de 10 % / 29.5 % Coeficiente o 1.5 % a cuenta; 29.5 % anual
Libros Ninguno Ventas y Compras Según tramo de ingresos Según tramo, hasta contabilidad completa
Declaración anual No No Sí Sí

RER o RMT: dos ejemplos con números

Los siguientes cálculos son simplificados (no consideran gastos adicionales, pérdidas ni otras deducciones) y sirven para ver la lógica, no para reemplazar el análisis de tu contador.

Abarrotes al por mayor en Huancayo: margen bajo

  • Ventas netas: S/ 40,000 al mes (S/ 480,000 al año, dentro del tope del RER).
  • Utilidad después de costos y gastos: 4 %, es decir, S/ 19,200 al año.
RER RMT
Renta del año 1.5 % × S/ 480,000 = S/ 7,200 10 % × S/ 19,200 = S/ 1,920

En el RMT, los pagos a cuenta del 1 % suman S/ 4,800 en el año; como el impuesto anual es S/ 1,920, la diferencia queda como saldo a favor. Con un margen así de delgado, el RMT sale claramente más barato.

Taller de confecciones en Gamarra: margen alto

  • Ventas netas: S/ 20,000 al mes (S/ 240,000 al año).
  • Utilidad: 40 %, o sea, S/ 96,000 al año.
RER RMT
Renta del año 1.5 % × S/ 240,000 = S/ 3,600 10 % × S/ 82,500 + 29.5 % × S/ 13,500 = S/ 12,232.50

Aquí el resultado se invierte: con buen margen, tributar sobre ventas en el RER puede convenir más, siempre que el giro no esté excluido y no superes sus topes.

Cuándo puedes cambiarte

El cambio tiene fechas, y equivocarte de mes significa esperar un año.

Quieres pasar a… Si vienes de… Cuándo
Nuevo RUS Cualquier régimen Solo con la declaración y el pago del periodo de enero
RER Nuevo RUS En cualquier mes del año
RER RMT o Régimen General Con la declaración del periodo de enero
RMT Nuevo RUS o RER En cualquier mes del año
RMT Régimen General Desde enero del ejercicio siguiente
Régimen General Cualquier régimen En cualquier mes del año

Además, hay cambios que no se eligen: si superas los límites de tu régimen, el traslado se vuelve obligatorio desde el periodo que señala la norma. Como cada caso tiene sus particularidades, valida el tuyo con tu contador o en la orientación de SUNAT antes de presentar el trámite.

Señales de que tu régimen ya no te queda

  • Rechazas ventas por no poder facturar. Si estás en el NRUS y pierdes clientes con RUC, es hora de cambiar. Antes, compara la factura electrónica con la boleta electrónica para saber qué vas a emitir.
  • Ves venir el tope. Si ya estás cerca de los S/ 8,000 mensuales en el NRUS o de los S/ 525,000 anuales en el RER, planifica el salto con tiempo en lugar de hacerlo a la fuerza a mitad de ejercicio.
  • Tu margen es pequeño y estás en el RER. Como viste en el ejemplo de Huancayo, el RMT puede ahorrarte buena parte del impuesto.
  • Vas a contratar. Con más de 10 personas por turno, el RER deja de ser opción.
  • Cambias de giro. Si empiezas a hacer obras, a transportar carga pesada o a prestar servicios profesionales, sales del RER.
  • Compras equipos. Una cámara de frío, una camioneta de reparto o maquinaria pueden hacerte superar los topes de activos (NRUS: S/ 70,000; RER: S/ 126,000) sin que lo notes.

Un detalle aparte: hay tasas especiales temporales

Algunos rubros, como restaurantes y alojamientos que califican como MYPE, han tenido tasas reducidas de IGV de forma temporal en los últimos años. Si es tu caso, revisa con tu contador la tasa vigente para el periodo que vas a declarar y asegúrate de que tu sistema de facturación la tenga configurada.

Tu régimen cambia; la facturación electrónica se queda

Revisar tu régimen una vez al año con tus números a la mano cuesta mucho menos que corregir un cambio mal hecho: multas, comprobantes que no correspondían y clientes que no pudieron usar su crédito fiscal.

Lo que no cambia, estés donde estés, es la obligación de emitir comprobantes electrónicos. Con Sistema Facturación Perú emites los comprobantes electrónicos de SUNAT desde un mismo panel, el sistema valida los datos antes de enviarlos, arma los resúmenes diarios y deja tus registros de ventas y compras listos para exportar a CONCAR, SISCONT, CONTASIS y otros programas contables.

Sobre los planes:

  • El Emprendedor (S/ 29 + IGV al mes) trabaja con comprobantes internos: te sirve para ordenar ventas, caja y stock.
  • Para emitir boletas y facturas electrónicas ante SUNAT, el plan indicado es el Plan MYPE (S/ 59 + IGV al mes), con 6 sucursales y 12 usuarios.

Encuentra el detalle en planes y precios. Y si no tienes claro en qué régimen estás o a cuál te conviene pasar, escríbenos: revisamos contigo qué tipo de comprobantes necesitas y dejamos el sistema configurado para que emitas sin sobresaltos.

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